miércoles, 11 de mayo de 2011

EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN GUATEMALA


El Derecho Administrativo en GUATEMALA, es un tema del cual se debe de analizar y comparar con otros sistemas en América Latina.-

Fuentes del Derecho Administrativo:

Fuentes del Derecho Administrativo:

El estudio profundo de esta materia corresponde en esencia a la llamada ciencia jurídica o a la teoría general de Derecho , dado que es un tema que está vinculado al derecho en general, sin embargo no puede dejarse de lado en el presente manual ya que encuentra aplicación directa dentro de la noción del derecho administrativo

Al estudiar las fuentes del derecho administrativo , haciendo alusión , como ya se indico , a las fuentes del derecho en general se debe considerar que el vocablo “fuente” hoy se le ha dado varias acepciones que tienden a responder a algunos de los siguientes interrogantes : ¿Dónde se encuentra el derecho? ¿De qué obtiene su contenido ¿ cómo nace el derecho? Haciendo esto referencia respectivamente a las llamadas fuentes históricas a las materiales y a las formales. Mencionare algunas de ellas.

FUENTES HISTORICAS: estas acepción hace referencia al “lugar” donde han quedado plasmadas las normas jurídicas. El derecho es un ser cultural, por cuanto es obra humana destinada a la consecución de un fin; no tiene existencia física y hay que buscar donde esta, donde se le puede percibir. Así sucede que las fuentes históricas hacen referencia a todo tipo de textos o documentos que contengan una norma de carácter jurídico. Estos lugares o documentos en los que se encuentran el derecho son de índole más variada así es que hay normas antiguas esculpidas en piedra, barro o arcilla y más recientes impresas en variados documentos como escritos, periódicos, códigos, libros y tratados. Todos son importantes para interpretar y conocer el derecho que hoy a través del estudio del ayer.

FUENTES MATERIALES: son las llamadas fuentes reales. Constituyen el conjunto de datos meta-jurídicos que le dan contenido a las normas jurídicas. Son estos los hechos reales de donde emana la necesidad de regular ciertas materias considerando la propia circunstancia que rodea al hombre en su comportamiento con los demás. Las fuentes materiales están conformadas por una serie se datos de diferentes tipos que concurren en la producción de normas y que no pueden dejar de ser tomadas en cuenta a la hora de regular la conducta humana en sociedad y que por lo tanto, provocan su aparecimiento entre ellas están:

a) datos biológicos: se derivan de la naturaleza misma de la persona. entre otros, la concepción, el nacimiento, la muerte, el sexo, la edad, etc.

b) Datos sociales: derivados de la realidad social en la que la persona esta inmersa, así por ejemplo , la necesidad de proteger al débil o al menor , la regulación de derechos y obligaciones de padres e hijos , las distintas agrupaciones de personas, etc.

c) Datos geográficos: la ubicación de los estados y de su elemento poblacional hacen que surjan dentro de las mismas conductas específicas que motivan la aparición de normas especiales; tales como clima, cambio de estaciones, existencia o carencia de costas marítimas; orografía, recursos hídricos, etc.

d) Datos económicos: en este mundo la escasez de recursos para satisfacer necesidades crecientes es una constante. Por ello, la realidad económica de los estados condiciona sus normas. Son ejemplos la existencia de recursos naturales y su aprovechamiento, existencia o inexistencia de incentivos para la producción, libertad empresarial, etc.

e) Datos políticos: conciernen al poder , a la estructura misma del estado , motivan la aparición de normas que regulan la relación entre los gobernantes y los gobernados , los derechos y obligaciones de ambos, funciones estatales , los cambios de sistema de gobierno , el surgimiento de nuevos estados o la desaparición de otros etc.

f) Datos culturales: son los que conciernen a los avances, invenciones o descubrimientos científicos o tecnológicos, esto obviamente, influye en la normativa jurídica y provoca la constante recreación del derecho.

g) Datos espirituales: dentro de ellos cabria ubicar a los puramente racionales que implican valores inseparables de la naturaleza humana , como el respeto a la vida, el cumplimiento de lo pactado , etc., y los datos ideales que implican la aspiración a la excelencia y que no son percibidos solamente por la razón sino también por los sentimientos.

Todos los anteriores en su momento dado constituyen fuentes inspiradoras de normas y estos no se pueden desentender de los mismos si pretenden efectivamente regular conductas.

Fuentes Formales: por otra parte, existen las fuentes formales, que se refieren a la forma o manera en que las normas se expresan en una sociedad determinada. Este concepto técnico-jurídico y alude al origen de la norma en una autoridad reconocida por el derecho positivo que mediante, mediante un procedimiento preestablecido, confiere a la norma una forma concreta.

No hay acuerdo unánime en cuanto al número de fuentes jurídico administrativas existentes. Hay quienes se limitan a este papel a la ley, la doctrina y a la costumbre, mientras que hay otros que hacen una enumeración más amplia, se estima que lo adecuado es hacer esta más exhaustiva, puesto que hay maneras de expresión que no están comprendidas en ese sucinto enunciado.

Así, cabe concluir que fuentes formales del Derecho Administrativo son la constitución, la ley, los tratados internacionales , la analogía , los principios generales del derecho y la doctrina

El Derecho administrativo puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras administraciones públicas (personificadas en una diversidad de órganos).

Sin embargo, este concepto de Derecho administrativo, aunque intuitivo y aproximado, no responde exactamente a la realidad de los sistemas jurídico-administrativos vigentes y, en concreto, al español, por cuanto:

· Ni toda la actividad de la Administración está regulada por el derecho administrativo (La regulación de sus actividades puede venir ordenada por el derecho privado),

· Ni sólo las Administraciones públicas están reguladas por el Derecho administrativo

Fuentes del Derecho Administrativo:

El estudio profundo de esta materia corresponde en esencia a la llamada ciencia jurídica o a la teoría general de Derecho , dado que es un tema que esta vinculado al derecho en general, sin embargo no puede dejarse de lado en el presente manual ya que encuentra aplicación directa dentro de la noción del derecho administrativo

Al estudiar las fuentes del derecho administrativo , haciendo alusión , como ya se indico , a las fuentes del derecho en general se debe considerar que el vocablo “fuente” hoy se le ha dado varias acepciones que tienden a responder a algunos de los siguientes interrogantes : ¿Dónde se encuentra el derecho? ¿De que obtiene su contenido ¿ como nace el derecho? Haciendo esto referencia respectivamente a las llamadas fuentes históricas a las materiales y a las formales. Mencionare algunas de ellas.

FUENTES HISTORICAS: estas acepción hace referencia al “lugar” donde han quedado plasmadas las normas jurídicas . El derecho es un ser cultural, por cuanto es obra humana destinada a la consecución de un fin; no tiene existencia física y hay que buscar donde esta, donde se le puede percibir. Así sucede que las fuentes históricas hacen referencia a todo tipo de textos o documentos que contengan una norma de carácter jurídico. Estos lugares o documentos en los que se encuentran el derecho son de índole mas variada así es que hay normas antiguas esculpidas en piedra, barro o arcilla y mas recientes impresas en variados documentos como escritos, periódicos, códigos, libros y tratados. Todos son importantes para interpretar y conocer el derecho que hoy a través del estudio del ayer.

FUENTES MATERIALES: son las llamadas fuentes reales. Constituyen el conjunto de datos meta-jurídicos que le dan contenido a las normas jurídicas. Son estos los hechos reales de donde emana la necesidad de regular ciertas materias considerando la propia circunstancia que rodea al hombre en su comportamiento con los demás. Las fuentes materiales están conformadas por una serie se datos de diferentes tipos que concurren en la producción de normas y que no pueden dejar de ser tomadas en cuenta a la hora de regular la conducta humana en sociedad y que por lo tanto, provocan su aparecimiento entre ellas están:

h) datos biológicos: se derivan de la naturaleza misma de la persona. entre otros, la concepción, el nacimiento, la muerte, el sexo, la edad, etc.

i) Datos sociales: derivados de la realidad social en la que la persona esta inmersa, así por ejemplo , la necesidad de proteger al débil o al menor , la regulación de derechos y obligaciones de padres e hijos , las distintas agrupaciones de personas, etc.

j) Datos geográficos: la ubicación de los estados y de su elemento poblacional hacen que surjan dentro de los mismos conductas especificas que motivan la aparición de normas especiales; tales como clima, cambio de estaciones, existencia o carencia de costas marítimas; orografía, recursos hídricos, etc.

k) Datos económicos: en este mundo la escasez de recursos para satisfacer necesidades crecientes es una constante. Por ello, la realidad económica de los estados condiciona sus normas. Son ejemplos la existencia de recursos naturales y su aprovechamiento, existencia o inexistencia de incentivos para la producción, libertad empresarial, etc.

l) Datos políticos: conciernen al poder , a la estructura misma del estado , motivan la aparición de normas que regulan la relación entre los gobernantes y los gobernados , los derechos y obligaciones de ambos, funciones estatales , los cambios de sistema de gobierno , el surgimiento de nuevos estados o la desaparición de otros etc.

m) Datos culturales: son los que conciernen a los avances, invenciones o descubrimientos científicos o tecnológicos, esto obviamente, influye en la normativa jurídica y provoca la constante recreación del derecho.

n) Datos espirituales: dentro de ellos cabria ubicar a los puramente racionales que implican valores inseparables de la naturaleza humana , como el respeto a la vida, el cumplimiento de lo pactado , etc., y los datos ideales que implican la aspiración a la excelencia y que no son percibidos solamente por la razón sino también por los sentimientos.

Todos los anteriores en su momento dado constituyen fuentes inspiradoras de normas y estos no se pueden desentender de los mismos si pretenden efectivamente regular conductas.

Fuentes Formales: por otra parte, existen las fuentes formales, que se refieren a la forma o manera en que las normas se expresan en una sociedad determinada. Este concepto técnico-jurídico y alude al origen de la norma en una autoridad reconocida por el derecho positivo que mediante, mediante un procedimiento preestablecido, confiere a la norma una forma concreta.

No hay acuerdo unánime en cuanto al número de fuentes jurídico administrativas existentes. Hay quienes se limitan a este papel a la ley, la doctrina y a la costumbre, mientras que hay otros que hacen una enumeración más amplia, se estima que lo adecuado es hacer esta más exhaustiva , puesto que hay maneras de expresión que no están comprendidas en ese sucinto enunciado.

Así, cabe concluir que fuentes formales del Derecho Administrativo son la constitución , la ley los tratados internacionales , la analogía , los principios generales del derecho y la doctrina.


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