miércoles, 23 de abril de 2008

Tesis Doctoral

Este Documento se realizo con la solicitud de algunos profesionales del Derecho que desean “comparar” estilos de otros países para los proyectos de Tesis a nivel Doctorado, pero que sirven tambien para aquellos que estan en preparación del Pregrado en la Licenciatura, con la salvedad de que los terminos son mas rigurosos en materia juridica, se divide en 4 partes, esta es la primera de ellas, te deseo éxito.- escribe y comenta.

Para comprender la tarea de realizar una tesis jurídica, debemos conocer los pasos que siguen a toda investigación científica: curiosidad, observación, abstracción, comprobación y tesis o producto científico.
a) Curiosidad: Es el primer momento en la relación sujeto-objeto, es la luz que surge en el estudiante y lo predispone para fijar su mente en algún atributo de un objeto determinado. La curiosidad es consecuencia de varios factores derivados del medio socio-cultural del estudiante y del contacto orientador del profesorado que transmite entusiasmo y creatividad.
b) La observación: supone una revisión general de la bibliografía sobre el objeto curioso y discusiones preliminares con profesores especializados en el tema. Se trata de fijar la mente en algo y observarlo detenidamente.
c) La abstracción: es la etapa clave de toda tesis, pues en ella el estudiante conocedor de los principales aspectos del objeto observado, comienza a dialogar en voz alta, a plantearse interrogantes, a elaborar técnicamente hipótesis de trabajo, es decir, a proyectar senderos posibles. En esta etapa el director de la tesis debe jugar un papel fundamental, pues su experiencia y conocimiento en el tema será la mejor ayuda para el estudiante.
d) La comprobación: este paso supone la parte artesanal de la tesis, supone el someter a comprobación o descarte los elementos contemplados en las hipótesis de trabajo. Aquí vamos a trabajar de lleno con las técnicas de investigación (documental o de campo). El estudiante debe saber recolectar la información pertinente para validar las conjeturas que se planteó en la relación con el objeto, materia de su tesis.
e) La tesis: por fin hemos obtenido nuestro producto científico, alcanzándose variedad de resultados que a título ilustrativo pueden ser: Teorías, Hechos Nuevos, Clasificaciones, Reglas, Postulados, Comparación de Instituciones, etc
vamos a poner como ejemplo el caso del estudiante Pedro Pérez:
Este estudiante entra en contacto con la Cátedra de Derecho Administrativo con el concepto de Empresa Pública, es decir, surge en él una primera curiosidad. Acto seguido procede a leer los libros que se han escrito sobre el tema y a dialogar con los profesores, incluso se entrevista con ejecutivos de la empresa pública, es decir, comienza a empaparse en la institución a través de una observación tanto documental (libros o revistas) como de campo (entrevistas y visitas a empresas).
Cumplida esta etapa comienza a formularse hipótesis de trabajo o preguntas con la ayuda de profesores: ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la empresa pública? ¿En qué área del derecho público o privado está su regulación? Analogías y diferencias entre una empresa pública y un ente con forma pública. Con estas hipótesis ya tiene material suficiente para elaborar una tesis que cumpla los requisisitos de toda investigación científica.
Para pasar a la etapa de la comprobación, deberá optar por las técnicas de investigación que le ayudará a despejar las interrogantes. Trabajará esencialmente con libros, revistas, leyes, jurisprudencia y doctrina de autores. Deberá utilizar también otras técnicas como analizar las normas reguladores de los entes estudiados, entrevistar a directivos y empleados que le facilitarán datos reales o empíricos no registrados en libros o revistas. Todo esto le servirá para comprobar o descartar los aspectos considerados en la abstracción o hipótesis formulada.
Rescatada y evaluada la información que logró reunir con las técnicas de investigación debe elaborar las conclusiones o productos científicos logrados. Así puede concluir por ejemplo que la regulación de las empresas públicas supone un entrecruzamiento entre el derecho público y privado o puede llegar a la conclusión que la empresa pública resulta más eficaz para la realización de una actividad comercial que un ente con forma pública.
Hemos concluido probando que toda tesis jurídica debe contar en su elaboración con los pasos de una investigación científica.
La elaboración de una tesis es de enorme dificultad para los estudiantes pues la enseñanza tradicional privilegia la memorización de textos, sin ejercicios de análisis o crítica, con lo cual se aleja al estudiante de toda metodología científica.
Hay en efecto un desfase estructural entre su experiencia memorística-repetitiva de aprendizaje y la exigencia final de elaborar un producto científico decoroso y útil, y sobretodo teniendo en cuenta que las herramientas fundamentales para el abogado y jurista para su vida profesional serán la capacidad de análisis, la crítica creadora, la síntesis y la evaluación.
3.- CARACTERÍSTICAS DE FONDO
La tesis como desarrollo lógico y razonado, tiene cuatro características de fondo:
a) Unidad: supone coherencia armónica entre la hipótesis, la comprobación-demostración y las conclusiones o productos científicos. No se pueden sacar conclusiones alegremente, como frecuentemente sucede, que no sean consecuencia de las hipótesis y sus variables que deben demostrarse o descartarse.
b) Demostración: Esta característica es el corazón de toda tesis. Es necesario demostrar o descartar las hipótesis ya sea argumentalmente (con argumentos lógicos) o empíricamente (vía estudios de campo).
c) Profundidad: toda tesis debe penetrar en la esencia misma de un objeto de estudio y no caer en generalidades. Se deben evitar tesis demasiado panorámicas, por ello en la formulación de las hipótesis se deben buscar cuidadosamente aspectos sustanciales y no secundarios o accesorios.
d) Producto científico nuevo o diferente: Toda tesis después de comprobar sus hipótesis y alcanzar los objetivos propuestos debe tener cierta originalidad y si no recordar la frase del comienzo de esta página ... Ciertamente en Derecho parece que se antoja difícil, por ello hay que manejar correctamente las técnicas de investigación ya que un mismo objeto de estudio se puede abordar desde puntos de vista distintos.
Como vemos hay una íntima relación entre los pasos globales presentes en toda investigación científica comentados al principio y los requisitos de fondo de una tesis jurídica.
4.- CARACTERISTICAS DE FORMA
En la presentación de toda tesis debemos tener en cuenta el lenguaje y la organización del texto.
El lenguaje debe ser técnico pero a la vez objetivo, conciso y sencillo, sin caer en lenguaje coloquial o vulgar.
La estructura de la tesis, debe contener claramente:
La Introducción: que nos presenta los objetivos, tipos y fuentes de información que se analizan y procesan.
El Desarrollo o cuerpo de proposiciones demostradas: en el que se desarrollan por capítulos la secuencia lógica de razonamientos expuestos y que comprueban las hipótesis. Subrayamos lo de secuencia lógica, es decir, cada razonamiento debe llevar al siguiente, de tal manera que cualquier Tribunal que lea su tesis, antes de leer el siguiente capítulo deduzca que es lo que va a venir a continuación.
Las conclusiones, que se desprenden del cuerpo total de la tesis
TIPOS DE TESIS JURIDICAS
Las tesis pueden ser de tipo dogmático-formalista o de tipo realista-sociológico según que se se centre más en aspectos conceptuales o reales de las instituciones o normas jurídicas.
De todas formas al margen de esta clasificación, para el estudiante de Derecho tendríamos los siguientes tipos:
1) Histórico-Jurídica: Es una investigación que hace un seguimiento de una institución jurídica desde sus orígenes hasta el presente, para lo cuál rastrea en legislaciones históricas ,ya sean nacionales o extranjeras, estas tesis suelen partir del Derecho Romano.
2) Jurídico-Comparativa: Este tipo busca las similitudes y diferencias en normas jurídicas o instituciones formales entre dos sistemas jurídicos. (Romano, Germánico, Chino, Canónico, etc)
3) Jurídico-Descriptiva: Utilizando el método de análisis es posible descomponer un problema jurídico en sus diversos aspectos, estableciendo relaciones y niveles que ofrecen una imagen de funcionamiento de una norma o institución jurídica.
4) Jurídico-Exploratoria: Se trata de dar pasos preliminares frente a un problema jurídico, resaltando sus principales facetas, pero sin penetrar en las raíces explicatorias del asunto. Son tesis que abren el camino para investigaciones más profundas.
5) Jurídico-Proyectiva: Este tipo de tesis hace en cierta forma una suerte de futurología de funcionamiento de una institución jurídica, partiendo de premisas actualmente vigentes.
6) Jurídico-Propositiva: Se trata de cuestionar una ley o institución jurídica vigente para luego de evaluar sus fallos, proponer cambios o reformas legislativas en concreto, es decir, son tesis que culminan con una proposición de reforma o nueva ley sobre la materia
CUAL DEBE DE SER LA FUNCION DEL DIRECTOR DE TESIS
a) Orientar al alumno sobre la estructura concreta del trabajo de investigación jurídica, asesorándolo en la elaboración de las hipótesis, índice y desarrollo de capítulos (esquema provisional)
b) Guiar la planificación y ejecución de investigaciones jurídicas de campo (encuestas, entrevistas, etc.)
c) Proporcionar la bibliografía básica para la documentación teórica que avale el tema de elección.
d) Revisar los capítulos que vaya redactando el alumno indicándole las correcciones que deba introducir.
e) Dar su aprobación al final del trabajo terminado, certificando que la investigación presenta una posición razonable, respaldada adecuadamente cubriendo las fuentes principales.
f) Hacer ver al alumno la necesidad de llegar en sus conclusiones, a resultados científicos nuevos que constituyan una aportación, aunque sea modesta, a la ciencia jurídica en general.
g) Propiciar, en el momento de elección del tema, en el alumno la inquietud por temas jurídicos actuales y no orientarlo a la mera recopilación bibliográfica repetitiva y poco innovadora.
h) Discutir con el alumno las lecturas relativas al tema, a fin de ejercitar una lectura eficaz y útil, discriminando lo principal de lo accesorio
.- GENERALIDADES
El estudiante puede inclinarse a enfocar el problema jurídico desde una perspectiva exclusivamente legalista o dogmática, por lo que el objeto a investigar será el material legislativo o documental, utilizará primordialmente las fuentes jurídicas directas: la ley, la jurisprudencia y la doctrina, o sea, las formas en que se expresa materialmente el derecho regulando determinadas circunstancias sociales.
Pero si el estudiante se inclina por concebir su tema desde una óptica amplia en que convergen factores económicos, sociales y políticos, influyendo y determinando las expresiones normativas, el objeto a investigar será el fenómeno jurídico-social, con lo cuál amplía el horizonte más allá de lo dogmático legal, es decir, trabajará con las fuentes jurídicas indirectas o materiales, explorando el complejo sendero de las ciencias sociales en donde actúa el campo normativo estricto
Hay dos tipos de fuentes jurídicas: directas o formales e indirectas o materiales.
a) La fuente formal o directa comprende la manifestación de las normas jurídicas, o sea, las formas por las cuáles se exteriorizan las normas jurídicas.
b) La fuente material o indirecta comprende los factores y elementos que determinan el contenido de las normas. Son los hechos que dan nacimiento a la norma jurídica. Están constituidas por las diversas situaciones que el legislador debe tener presente para regularlas como son los motivos de orden económico, social, cultural, etc.
FUENTES FORMALES O DIRECTAS (referentes a las formas y a la vida del Derecho)
1.- Mediatas: elaboradas por un intermediario y para fines científicos en orden al Derecho.
Literatura jurídica (en sentido estricto: obras de tratadistas, comentaristas, etc.)
Recopilaciones, repertorios, antologías, etc. de fuentes jurídicas.
2.- Inmediatas: gestiones sin la intervención de un intermediario que persiga fines científicos en orden al Derecho.
a) Hechos: Conducta humana de tipo jurídico y costumbres jurídicas.
b) Formas:
Legislación en sentido genérico (códigos, leyes, decretos-leyes, decretos, ordenanzas, reglamentos, etc.).
Normas jurídicas consuetudinarias. Resoluciones judiciales (generales: autos-acordados y especiales: sentencias, autos y decretos)
Terminología jurídica
Refranes y aforismos, locuciones clásicas de contenido jurídico
Formularios; registros, fórmulas, asientos, fichas, minutas de contenido jurídico.
Textos de actas o contratos o de testimonios jurídicos
c) Objetos:
Establecimientos, locales, muebles y demás implementos para la realización de sesiones, actos, reuniones, etc. o para impartir sanciones o premios de tipo jurídicos.
Emblemas y distintivos de instituciones o personas para fines jurídicos.
Otros objetos (monedas, sellos, etc de índole jurídica)
3.- FUENTES MATERIALES O INDIRECTAS (referentes secundariamente a las formas y a la vida del Derecho)
1.- Mediatas: producidas por un intermediario para fines científicos, no jurídicos en sí, pero con proyección jurídica.
Literatura sobre Ciencias políticas, Filosofía, Economía, Historia, etc.
Recopilaciones de fuentes normativas no jurídicas.
2.- Inmediatas: dan noticia secundaria o accidental de lo científico con proyección jurídica, sin la intervención de un intermediario.
a) Hechos: Conducta humana y costumbres de tipo pre, proto, anti y meta-jurídico (sus testimonios)
b) Formas:
Terminología política, administrativa, económica, etc.
Refranes, aforismos y locuciones de contenido social. Toponimia.
Piezas orales, escritas, grabadas, fotografiadas, etc. de creaciones intelectuales de autoridades o particulares de contenido pre, proto, anti y meta-jurídico.
c) Objetos:
Objetos individualizados de contenido pre, proto,anti y meta-jurídico.
Monumentos históricos, obras artísticas, restos arqueológicos.
Otros objetos representativos de la vida social, la cultura y la Civilización.

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